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ABC de seguros para jóvenes.



Cuando eres muy joven y te planteas si debes o no contratar un seguro de salud o de vida, o cuando la compañía aseguradora de tu auto te envía una comunicación de actualización de prima, es posible que no entiendas muy bien los términos y te gustaría estar más informado antes de tener que llamar a papá o mamá.


¿Cobertura, perito, prima...? Conoces las palabras, las has oído, ¿pero cuál es su real significado?, ¿realmente es importante saberlo?


Conoce los términos más utilizados en tema de seguros y toma el poder de decisión cuando tu corredor o proveedor de seguro te hable.



ASEGURADO: El asegurado, en un contrato de seguros, es la persona que en sí misma (o en sus bienes o su interés económico) es vulnerable ante el riesgo.


ASEGURADOR: Entidad que asume y cubre el riesgo objeto del contrato de seguro. Es sinónimo de “aseguradora” y de “entidad de seguros”.


BENEFICIARIO: Persona que recibe la indemnización en los casos previstos en la póliza. Por ejemplo, en los seguros de vida, cuando fallece el asegurado, los beneficiarios son habitualmente el cónyuge y/o los hijos.


COBERTURA: Sinónimo de protección. Obligación principal del asegurador por la que asume las consecuencias económicas derivadas de un siniestro.


CONDICIONADO: Es la explicación de las características de un seguro, el conjunto de principios básicos de una póliza que establece el asegurador.


DAÑO: Perjuicio, corporal o material, causado por una persona a otra u otras, por un vehículo, una máquina… o causado por la naturaleza.


DEDUCIBLE

Las pólizas pueden reflejar una suma deducible para rebajar el precio de la prima. Es una cantidad a partir de la cual indemnizaría el asegurador. Hasta esa cantidad, es el asegurado el que la soporta.


DURACIÓN DEL CONTRATO: Plazo en el cual tienen validez las garantías del contrato de seguro. Viene indicado en la póliza el momento desde el que el seguro comienza a tener efecto y cuando finaliza.


EXCLUSIONES: Riesgos no incluidos en las coberturas de la póliza, decididos generalmente por la entidad aseguradora. Las garantías del contrato tampoco surtirán efecto si se dan determinadas circunstancias o condiciones en riesgos incluidos y especificadas en la póliza.


INDEMNIZACIÓN: Importe pagado por la entidad aseguradora en caso de siniestro. Es la contraprestación económica que corresponde al asegurador a cambio del pago de la prima.


INTERÉS ASEGURABLE: Interés económico que el asegurado tiene sobre los bienes o personas que se protegen en la póliza. Por ejemplo, una persona asegura su vivienda porque tiene interés en conservarla.


PERITO O GESTOR TÉCNICO DE SINIESTROS: Profesional que investiga, comprueba y certifica el origen y la magnitud de los daños producidos. La entidad aseguradora determina el importe de la indemnización correspondiente gracias a su informe.


PÓLIZA: Documento que contiene los derechos y obligaciones de las partes del contrato de seguro (tomador, asegurado, beneficiario y aseguradora).


PREVENCIÓN: Anticiparse y minimizar un riesgo tomando una serie de medidas precautorias para contrarrestar los perjuicios que pueda causar un daño.


PRIMA: Precio o cuota de un contrato de seguro que se paga a la aseguradora para que haga frente a los riesgos cubiertos.


PROTECCIÓN: Acción y efecto de resguardar, defender, amparar a algo o a alguien.


RESPONSABILIDAD: Obligación que tiene una persona de reparar los daños y perjuicios producidos por algún tipo de culpa o negligencia.


RIESGO: Acontecimiento futuro e incierto que preocupa por sus consecuencias negativas (pérdidas económicas o por daños) o positivas (ganancias económicas o personales).


SEGURO: Contrato mercantil por el que el asegurador garantiza una indemnización al asegurado o beneficiario del seguro si se produce un siniestro especificado en el contrato a cambio de una prima.


SINIESTRO: Acontecimiento que produce unos daños garantizados en la póliza hasta una determinada cuantía. Como respuesta frente al siniestro, la entidad aseguradora está obligada a satisfacer, total o parcialmente, al asegurado o a sus beneficiarios, el capital garantizado en el contrato.


SUMA ASEGURADA: Valor de los bienes cubiertos por la póliza e importe máximo que está obligado a pagar el asegurador en caso de siniestro.


TOMADOR: O CLIENTE es la persona que contrata una póliza de seguro y paga la prima.


VALOR ASEGURABLE: Valor por el que se contrata un seguro después de cuantificar económicamente los bienes asegurados.


 
 
 

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